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Formulario 5472 para LLC con Dueño Extranjero

Si usted no es residente de EE.UU. y tiene una LLC allá, es muy probable que la LLC tenga una obligación anual ante el IRS aunque no haya facturado un solo dólar. No presentarla cuesta $25,000 por año, y es lo que más veces nos toca corregir.

Lo primero: no es una declaración de impuestos

El Formulario 5472 es una declaración informativa. No calcula ningún impuesto y presentarlo no significa que usted deba dinero. Lo que hace es informarle al IRS qué dinero se movió entre su LLC en EE.UU. y usted, o cualquier empresa relacionada suya.

Esa distinción es justamente la que hace que tanta gente lo pase por alto. La lógica natural es «no gané nada, no declaro nada», y con esta forma esa lógica no aplica.

Lo que casi nadie sabe

Hasta 2016, una LLC de un solo miembro con dueño extranjero era una disregarded entity: invisible para el IRS, sin nada que presentar. A partir de los años fiscales que comienzan el 1 de enero de 2017, esa misma LLC se trata como corporación solo para efectos de este reporte. Miles de LLC abiertas antes de esa fecha siguen operando como si la regla no hubiera cambiado.

Quién tiene que presentarlo

  • Una LLC estadounidense de un solo miembro cuyo dueño, directo o indirecto, es una persona o empresa extranjera.
  • Una corporación estadounidense con 25% o más de propiedad extranjera, por voto o por valor, en cualquier momento del año.
  • Una corporación extranjera con actividad comercial en EE.UU., por sus propias operaciones reportables.

«Persona extranjera» incluye al extranjero no residente, a la empresa constituida fuera de EE.UU. y al fideicomiso o sucesión extranjera. Si usted es residente fiscal estadounidense — ciudadano, residente permanente, o cumple la prueba de presencia sustancial — su propiedad no activa esta forma.

Un formulario por cada parte relacionada

No es un formulario por LLC, sino uno por cada parte relacionada. Si su LLC tuvo movimientos con usted y con dos empresas suyas en su país, son tres formularios en el mismo paquete, y cada uno arrastra su propia multa.

Qué se considera una operación reportable

Prácticamente cualquier movimiento de dinero o bienes entre la LLC y una parte relacionada:

  • Aportes de capital — el dinero que usted mete a la LLC, del monto que sea
  • Retiros o distribuciones — el dinero que saca
  • Préstamos en cualquier dirección, y sus intereses
  • Ventas, compras, rentas, regalías, comisiones y honorarios
  • Montos pagados o recibidos por la constitución, disolución o venta de la LLC

No hay monto mínimo. Una transferencia de $500 ya es reportable.

Fecha límite, prórroga y cómo se envía

Para una entidad de año calendario, el paquete vence el 15 de abril. Presentando el Formulario 7004 a tiempo, la fecha se extiende al 15 de octubre.

El 5472 nunca va solo: se adjunta a un Formulario 1120 pro forma, una declaración corporativa casi vacía cuya única función es transportarlo. Se llenan los datos de identificación y se dejan en blanco las líneas de ingresos y deducciones.

No se puede enviar por e-file

Este paquete se manda por correo o fax a un centro específico del IRS, con una dirección distinta a la de las declaraciones corporativas normales. Enviarlo al lugar equivocado cuenta como no haberlo presentado. Nosotros lo enviamos y guardamos el comprobante.

La multa, y qué hacer si ya va tarde

No presentarlo a tiempo, completo y correcto cuesta $25,000 por formulario y por año. Si pasan más de 90 días desde que el IRS envía la notificación, se suman $25,000 adicionales por cada período de 30 días. No conservar los registros que respaldan la forma tiene la misma multa.

Como la multa es por formulario, una LLC con tres partes relacionadas y tres años sin presentar llega a cifras de seis dígitos con facilidad.

Ahora bien: ir tarde tiene solución. Existe el alivio por causa razonable, y las declaraciones que usted presenta antes de que el IRS lo contacte se tratan de manera muy distinta a las que llegan después de una carta. El orden en que se presentan los años y cómo se redacta la explicación pesan mucho. Consúltenos antes de mandar nada.

Qué necesitamos de usted

  • El EIN de la LLC — si no lo tiene, lo tramitamos primero
  • El acta constitutiva, con estado y fecha de constitución
  • Nombre legal completo del dueño, domicilio y país
  • Número fiscal estadounidense del dueño si existe — y no pasa nada si no existe
  • Una relación de todos los movimientos entre la LLC y usted o sus empresas, con fechas y montos
  • Estados de cuenta bancarios de la LLC del año
  • Cualquier carta del IRS que ya haya recibido

Si no llevó contabilidad formal, díganoslo con confianza. Reconstruir un año de movimientos a partir de los estados de cuenta es trabajo de rutina para nosotros, y cuesta mucho menos que una multa.

Datos clave de un vistazo

Formulario
5472 + 1120 pro forma
Se presentan juntos como un solo paquete
Fecha límite
15 de abril
Año calendario; 15 de octubre con el Formulario 7004
Multa
$25,000
Por formulario, por año, y sigue creciendo
Electrónico
No se puede
Se envía por correo o fax, no por e-file

Preguntas frecuentes

Mi LLC no facturó nada. ¿Igual tengo que presentar?

Casi siempre sí. El 5472 reporta movimientos con usted como dueño, no ganancias. Meter o sacar dinero ya es una operación reportable, así que una LLC fondeada pero inactiva igual presenta.

¿Necesito ITIN para presentarlo?

No. La LLC necesita EIN, pero el dueño extranjero no necesita número fiscal personal para el 5472. Podemos tramitar el EIN aunque usted no tenga SSN ni ITIN.

¿Presentar el 5472 significa que debo impuestos en EE.UU.?

No por sí solo. Es informativo. Si su actividad genera ingreso gravable en EE.UU. es otra pregunta, que depende de si hay actividad comercial en el país y de si el ingreso está efectivamente conectado. Revisamos ambas cosas juntas.

Tengo varios años sin presentar. ¿Qué hago?

Es más común de lo que parece y tiene arreglo. Presentar antes de que el IRS lo contacte cambia mucho el panorama. No mande nada todavía: el orden de los años y la redacción de la causa razonable son decisivos.

Ya cerré la LLC. ¿Tengo que presentar el último año?

Sí. La disolución en sí misma es un evento reportable y el último año se sigue debiendo. Dejarlo sin presentar mantiene la multa abierta.

¿No sabe si esto le aplica?

Cuéntenos cómo está constituida su LLC y qué dinero se movió este año. Le decimos claro si tiene obligación de presentar y cuánto cuesta ponerse al día.

Respondemos en un día hábil. Escribirnos no constituye una relación profesional hasta que la confirmemos por escrito.